España cuenta con más de 236.000 personas con movilidad reducida, según los últimos datos. De hecho, sigue siendo la primera causa de la discapacidad en nuestro país, afectando a 54 personas de cada 1.000. Lo que para las personas con total movilidad puede que no resulte una barrera arquitectónica y pueda hacer su día a día con total normalidad, para alguien que tiene limitaciones en su movilidad sí lo es.
Por ello cada espacio, cada edificio y cada lugar tiene que tener todo lo necesario para que ellos puedan moverse con total libertad y no encontrarse dificultades para hacer una vida.
Por ello, en el artículo de hoy hablaremos de las barreras arquitectónicas. Sabremos diferenciarles y buscaremos la mejor solución.
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Tipos de barreras arquitectónicas
Entendemos por barrera arquitectónica a ese elemento que obstaculiza o dificulta el acceso o la movilidad a las personas en su día a día. O bien para llegar a un edificio o un espacio urbano. Sobre todo para aquellas personas con discapacidad, con movilidad reducida o bien por la edad.
La normativa en España incluye la supresión de obstáculos arquitectónicos en áreas compartidas de construcciones destinadas tanto al uso privado como público. De hecho, podemos encontrar en la constitución dos artículos enfocados en este aspecto:
ARTÍCULO 9.2:
Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
ARTÍCULO 49:
Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos
Podemos diferenciar entre 4 tipos de barreras arquitectónicas:
Barreras Arquitectónicas Urbanas (BAU)
Estas barreras arquitectónicas, como su propio nombre indica, son las que están presente en espacios públicos y en áreas al aire libre.
Son las más comunes y las que más pueden dificultar el día a día de las personas como movilidad reducida.
Alguna de ellas son:
- Desniveles en las aceras
- Falta de rampas
- Calles sin pasos de peatones elevados
- Ausencia de plazas de aparcamiento
Barreras Arquitectónicas de Edificación (BAE)
En esta ocasión, las barreras arquitectónicas se encuentran dentro de espacios públicos o privados.
Alguna de ellas son:
- Edificios sin ascensor
- Escaleras empinadas
- Puertas estrechas
- Falta de rampas de acceso
- Baños no adaptados
- Suelos con irregularidades
Barreras Arquitectónicas de Transporte (BAT)
Las Barreras Arquitectónicas de Transporte (BAT) son obstáculos específicos que dificultan o impiden el uso del transporte público para personas con movilidad reducida.
Alguna de ellas son:
- Falta de accesibilidad en paradas y estaciones
- Falta de ascensor en paradas de metro
- Autobuses sin rampas o plataformas elevadoras
- Falta de información accesible
- Medios de transporte sin un espacio asignado para las sillas de ruedas
- Falta de capacitación del personal
Barreras de Comunicación (BC)
Son obstáculos que dificultan o impiden la emisión y recepción de mensajes para personas con diversidad funcional, en particular, aquellos que tienen discapacidades sensoriales.
Estas barreras pueden afectar la comunicación efectiva en entornos públicos y privados, limitando el acceso a información crucial.
Entre las barreras más comunes, encontramos:
- Semáforos sin señales sonoras
- Ascensores sin botones en Braille
- Falta de información en lenguaje de señas
- Ausencia de subtítulos en medios audiovisuales
- Falta de señalización háptica
- Dispositivos sin ajustes de accesibilidad
Regulación de las barreras arquitectónicas en la Comunidad Valenciana
Al igual que en la Constitución Española encontramos los dos artículos que hemos mencionado anteriormente, cada Comunidad Autónoma ha establecido sus propias normativas para dar solución y proteger a las personas con movilidad reducida u otra patología.
En la Comunidad Valenciana podemos encontrar:
- LEY 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación. DOGV núm. 3237 de 07-05-98
- DECRETO 65/2019, de 26 de abril, del Consell, de regulación de la accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos. DOGV núm.8549 de 16-05-19. (entrada en vigor el 16 de julio de 2019)
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